Pazo de Santa Cruz

Nueva normativa

Información importante para vuestra tranquilidad

CELEBRA TU EVENTO CON NOSOTROS

El Pazo de Santa Cruz de Mondoi informa: Ante la entrada en vigor de la Nueva Ley 10/217 de 27 de Diciembre de 2017 de «Espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia«, recomienda:
  1. Verificar que la LICENCIA DE ACTIVIDAD del establecimiento sea de RESTAURANTE o SALÓN DE BANQUETES. La ley NO PERMITE la realización de eventos con cualquier otra licencia como catering o instalación de carpa.
  2.  Asegurarse de que el AFORO del establecimiento sea suficiente y el autorizado como máximo.
  3. Confirmar el HORARIO DE CIERRE AUTORIZADO. Que en fin de semana son las 3:00 h. para RESTAURANTES y las 4:00 h. para el SALÓN DE BANQUETES.
  4. El incumplimiento de horario o aforo acarrea una SANCIÓN de hasta 30.000 €.
  5. Si el establecimiento CARECE DE LICENCIA de salón de banquetes o restaurante LA SANCIÓN puede llegar a 600.000 €.
MUY IMPORTANTE: Desde Julio de 2018 la nueva Ley ya considera al ORGANIZADOR DEL EVENTO: RESPONSABLE SOLIDARIO de las sanciones al establecimiento.

PAZO DE SAN CRUZ DE MONDOY:

Licencia de Actividad Ayuntamiento Oza Dos Ríos 23/3/2006:
Actividad 2.7.1.1 «Celebración de Bodas y Banquetes»

Aforo, aprobado por D. X. Xunta de Galicia 27/2/2002:

350 personas.
Horario autorizado por Ley 10/27 del 27/12/2017:
Hasta las 04:00 h. fines de semana.

Para más información puedes consultar los artículos 31 a 36 de la Ley en el DOGA del 2 de Enero de 2018: